Concurso Enajenación Parcelas 1,4,5 y 6
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CONCURSO PARA LA ENAJENACION DE LOS ELEMENTOS INDIVIDUALES Nº 1, 4, 5 Y 6 DE LA PARCELA 61 BIS DEL SECTOR INDUSTRIAL SUR DE CAMARENA
AYUNTAMIENTO DE CAMARENA
El Pleno en sesión extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2009 adoptó por MAYORIA ABSOLUTA (6 votos a favor PP-CPI / 5 abstenciones PSOE) el siguiente acuerdo:
- PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación, mediante por concurso, para enajenar la Parcela 61 Bis del Sector Industrial Sur, convocando la licitación de los elementos nº 1, 4, 5 y 6
- SEGUNDO. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá el contrato de enajenación
- TERCERO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo anuncio de licitación, para que durante el plazo de quince días hábiles puedan presentar las proposiciones que estimen pertinentes.
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LA PARCELA Nº 61 BIS DEL SECTOR INDUSTRIAL SUR DE CAMARENA DESTINADAS A USO INDUSTRIAL Y CONSTITUIDA EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL TUMBADA.
1. OBJETO
El Ayuntamiento de Camarena es dueño, en pleno dominio, de la parcela, afecta a la gestión del Patrimonio Municipal de Suelo, nº 61 BIS del Sector Industrial Sur de Camarena, según título, que tiene la siguiente descripción:
- Finca procedente del Proyecto de Reparcelación “Nuevo Sector Industrial Sur”, de las Normas Subsidiarias de Camarena. Tiene una superficie total de 5001,53 m2. Linda al frente, Vial; derecha, en línea 110,52 metros con parcela número 61; y fondo, zona ajena al Sector.
Dicha finca se ha constituido en régimen de propiedad horizontal tumbada, otorgada en mediante escritura pública en la Notaría de Torrijos en fecha doce de agosto de dos mil ocho. En virtud de dicho título se han creado Siete Zonas de Uso Privativo y una Zona de Acceso Privado de uso común de la Comunidad de Propietarios.
Las presentes bases tienen como finalidad regular la enajenación, mediante Concurso de la citada parcela conforme a la propiedad horizontal constituida.
Las Zonas de Uso Privativo, las condiciones de ordenación y uso son las fijadas en el correspondiente instrumento de planeamiento, según cédulas urbanísticas que se adjuntan como Anexo I.
Los Estatutos de la Comunidad de Propietarios son los que se adjuntan en el Anexo II. (Incluidos en la Escritura de constitución)
El objeto de la enajenación se transmite como "cuerpo cierto", sin que quepa reclamación alguna por diferencias de superficie o como consecuencia de condiciones que puedan encarecer la construcción en las mismas.
Las posibles variaciones en el volumen edificable que pudieran producirse como consecuencia de la aplicación de las Ordenanzas vigentes no serán causa de resolución del contrato ni darán lugar a reclamación económica alguna.
2. PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio de enajenación será para cada Elemento individual definido en la escritura de constitución, el establecido en el Anexo III del presente pliego.
El pago del precio de la parcela, (IVA incluido), se efectuará, tras la adjudicación de la misma, mediante ingreso efectivo a nombre del Ayuntamiento de Camarena en las entidades que ésta determine con anterioridad a la formalización en documento público de la transmisión.
3. PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
Podrán tomar parte en el Concurso personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan por objeto legal el desarrollo de una actividad industrial.
Los licitadores deberán tener plena capacidad de obrar, no estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en la normativa vigente para contratar con la Administración y no tener deudas vencidas y exigibles con el Ayuntamiento de Camarena.
Para cada Elemento individual definido en la escritura de constitución, un mismo licitador no podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal.
4. CONVOCATORIA DEL CONCURSO. INFORMACIÓN
Los anuncios de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincial, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además podrá publicarse en la página Web del Ayuntamiento de Camarena.
Los anuncios harán referencia a que los concursantes disponen del plazo de quince días hábiles para presentar sus ofertas en el Registro de Ayuntamiento en horario de Oficina.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Aunque se ofertare a más de una parcela, única y exclusivamente se presentarán un sobre “A” y tantos sobres “B” como parcelas a las que se licite. En cada uno de ellos se incluirá la documentación correspondiente a ese sobre y, especificando en su cubierta, la referencia al Concurso, la denominación del licitador y la firma de éste.
La documentación incluida en el Sobre “A” deberá ser presentada en originales o en copias debidamente cotejadas. Dicho cotejo se realizará en las oficinas del Ayuntamiento, cerrándose el plazo para la realización del mismo, veinticuatro horas antes del día y hora señalados como último para la presentación de las proposiciones.
La documentación que con carácter mínimo deberá incluirse en cada uno de los sobres, es la que se detalle en los apartados siguientes.
5.1. SOBRE "A" CON LA DENOMINACIÓN DE "DOCUMENTACIÓN GENERAL"
- a) Instancia en la que se indique claramente la entidad o persona que presenta la oferta y el compromiso de aceptación del precio de la parcela según las condiciones del Pliego.
- b) Declaración jurada de no hallarse el licitador incurso en ninguna de las causas que según la normativa vigente impiden contratar con las Administraciones Públicas.
- c) Escrituras tanto de constitución como, en su caso, de las modificaciones Estatutarias vigentes, inscritas en el Registro correspondiente. Los empresarios individuales presentarán copia debidamente cotejada del D.N.I.
- d) Documento que acredite la representación con la que se actúa en el Concurso. Este documento deberá estar debidamente bastanteado por el Ayuntamiento de Camarena.
- e) Declaración jurada de hallarse al corriente en las Obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social.
- g) Declaración jurada de no tener deudas con la Administración, ni en concreto, con el Ayuntamiento de Camarena
- i) Declaración jurada de ser ciertos los datos y documentación aportada para justificar la selección.
- j) Solicitud firmada del orden de preferencia de la parcela a la que se licita.
5.2. SOBRE "B" CON LA DENOMINACIÓN DE "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN"
Se presentarán por separado los documentos relativos a los criterios que, conforme a la cláusula 6.4 del presente Pliego, han de servir de base para la adjudicación, y que ha continuación se relacionan. Todos los documentos deberán estar suscritos por el licitador.
1.- Proyecto empresarial: deberá aportar Memoria descriptiva del proyecto empresarial a desarrollar, que incluirá, entre otros, aspectos tales como:
- 1.1.- Descripción de la actividad a desarrollar y en relación con la misma la edificación a ejecutar sobre la parcela.
- 1.2.- Previsiones relativas al empleo.
- 1.3.- Inversiones a realizar.
- 1.4.- Aportaciones en materia tecnológica y medioambiental.
- 1.5.- Incidencia de la actividad a desarrollar en el futuro económico del municipio.
- 1.6.- Otro tipo de aportaciones consideradas de interés.
- 1.7.- Plazos de inicio y terminación de la obra, así como de puesta en funcionamiento de la actividad.
2.- Ampliación de la actividad de empresas actualmente ubicadas en el término municipal de Camarena y/o en otros términos municipales pertenecientes a la provincia de Toledo.
Deberá presentar aquella documentación acreditativa del ejercicio efectivo en el municipio de la actividad.( IAE, recibos de empresas suministradoras, TC1…)
3.- Reubicación desde zonas residenciales (deberá acreditar la ubicación física actual de la empresa, así como las condiciones urbanísticas que afectan a dicha ubicación).
4.- Ejercer actualmente la actividad industrial en instalaciones que no son propiedad del ofertante.
6. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
6.1. CALIFICACIÓN PREVIA
Finalizado el plazo para la presentación de propuestas se constituirá la Mesa de Contratación formada por un Presidente, que será el Alcalde del Ayuntamiento, y al menos dos Concejales que actuarán como Vocales, actuando como Secretario el de la Corporación o funcionario en quien delegue.
La Mesa de Contratación procederá a calificar la documentación incluida en el sobre "A”, concediéndose un plazo de 3 días para la subsanación de los defectos apreciados en la documentación referida, siempre que los mismos no afecten a los requisitos esenciales o impliquen dudas sobre la
identidad del concursante.
Se levantará Acta del contenido de dichos sobres, en la que se especificará con claridad los licitadores admitidos y excluidos, transcurrido el plazo de subsanación, en su caso; igualmente, se expresará la parcela o parcelas a las que optan los licitadores, así como el orden de preferencia indicado por los mismos.
6.2. ACTO PÚBLICO
Se dará lectura al Acta donde conste el resultado de la calificación indicada en el apartado anterior, por el Sr. Presidente de la Mesa de Contratación o persona en quien delegue; se ofrecerá la posibilidad de plantear alegaciones o dudas sobre los extremos de dicha Acta, levantándose, a su vez, el Acta correspondiente.
6.3. VALORACIÓN
Con posterioridad al acto público, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres “B”, procediendo a valorar cada una de las propuestas conforme a los criterios contenidos en el presente Pliego, y con arreglo a los elementos de juicio que estime convenientes considerar para una mejor resolución del concurso. La Mesa podrá contar con el asesoramiento técnico que estime necesario.
La Mesa de Contratación remitirá sus informes de calificación y propuesta al Pleno del Ayuntamiento.
6.4. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
1.- Memoria descriptiva del proyecto empresarial a desarrollar: Hasta 70 puntos.
- 1.1.- Descripción de la actividad a desarrollar. De a 0 10 puntos.
- 1.2.- Previsiones relativas al empleo. De a 0 10 puntos
- 1.3.- Inversiones a realizar. De a 0 10 puntos
- 1.4.- Aportaciones en materia tecnológica y medioambiental. De a 0 10 puntos.
- 1.5.- Incidencia de la actividad a desarrollar en el futuro económico del municipio. De a 0 10 puntos
- 1.6.- Otro tipo de aportaciones consideradas de interés. De a 0 10 puntos
- 1.7.- Plazos de inicio y terminación de la obra, así como de puesta en funcionamiento de la actividad. De a 0 10 puntos
2.- Ampliación de la actividad de empresas actualmente ubicadas en el término municipal de Camarena y/o en otros términos municipales pertenecientes a la provincia de Toledo.
Deberá presentar aquella documentación acreditativa del ejercicio efectivo en el municipio de la actividad.( IAE, recibos de empresas suministradoras, TC1…). Hasta 10 puntos.
3.- Reubicación desde zonas residenciales (deberá acreditar la ubicación física actual de la empresa, así como las condiciones urbanísticas que afectan a dicha ubicación). Hasta 10 puntos.
4.- Ejercer actualmente la actividad industrial en instalaciones que no son propiedad del ofertante. Hasta 10 puntos.
6.5. SELECCIÓN
Vista la propuesta de la Mesa de Contratación, el Pleno del Ayuntamiento podrá seleccionar para la venta de cada Elemento individual definido en la escritura de constitución a la proposición que en su conjunto resulte más ventajosa, o declarar desierto el Concurso, en relación con cada Elemento individual definido en la escritura de constitución objeto de venta.
El Ayuntamiento de Camarena se reserva la facultad de no adjudicar más de un Elemento individual definido en la escritura de constitución a un mismo licitador.
Los licitadores seleccionados acreditarán en un plazo de 15 días, desde la notificación de su selección, los siguientes extremos:
- 1. Otorgar la escritura de compraventa en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la selección del licitador.
- 2. Cumplimiento de los compromisos asumidos en el Proyecto Empresarial a desarrollar ofertado y entre ellos especialmente la conclusión de la obra en los plazos establecidos.
- 3. La obra de edificación se sujetará a las siguientes condiciones:
- a) Deberá llevarse a cabo sin producir perturbaciones sobre las Obras de Urbanización del Polígono y en las obras llevadas acabo por el Ayuntamiento en la Zona de Acceso Privado de la Comunidad.
) Acopiar materiales y ubicar casetas de obra dentro de los límites del terreno en el que se desarrolla la ejecución de la obra. - b) Usar los vertederos autorizados por el Ayuntamiento de Camarena.
- c) Ejecutar la nave industrial conforme al Proyecto de Ejecución redactado por el Ayuntamiento de Camarena.
- e) Reponer las obras de urbanización que se deterioren.
- f) Indemnizar los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución de las obras.
- g) Permitir el acceso a la obra de edificación al personal dependiente del Ayuntamiento de Camarena, a efectos de facilitar las tareas de información y control establecidas en el presente Pliego.
- a) Deberá llevarse a cabo sin producir perturbaciones sobre las Obras de Urbanización del Polígono y en las obras llevadas acabo por el Ayuntamiento en la Zona de Acceso Privado de la Comunidad.
- 4. La entidad promotora se compromete y obliga a no gravar la parcela ya adquirida, salvo para obtener financiación con destino exclusivo a la edificación. Si infringiera esta prohibición, incurrirá en causa de resolución de pleno derecho de la compra de suelo. Dicho extremo deberá hacerse constar, con carácter preferente a cualquier otro que, afectando a los terrenos objeto de venta pueda establecerse a favor de terceros, en la escritura de formalización de venta y en la inscripción registral que de la misma se efectúe, salvo a la hipoteca, que en garantía de uno o varios préstamos, la sociedad adquirente pueda constituir para la consecución de los objetos propios de la enajenación de las parcelas. Deberá remitirse una copia al Ayuntamiento de la escritura de formalización de crédito hipotecario, dentro de los 10 días siguientes a ser firmada.
- 5. Satisfacer los gastos relativos a la publicidad de la adjudicación. Estos gastos se prorratearán entre todos los adjudicatarios, en proporción directa al precio de las parcelas que les hayan sido adjudicadas, debiéndose abonarles, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la selección del adjudicatario.
- 6. Correrán a cargo del adjudicatario, todos los tributos y gastos que surjan como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente contrato, incluido el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Se harán cargo también, desde la notificación de la selección, de todos los gastos y obligaciones derivados de la propiedad de las parcelas que les hayan sido adjudicadas.
- 7. Dar cumplimiento al régimen de garantías exigibles para las obras de edificación por daños materiales ocasionados por vicios y defectos de la construcción, contemplados en el artículo 19 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- 8. El adjudicatario, una vez finalizada la obra, deberá presentar al Ayuntamiento de Camarena la documentación acreditativa del Certificado Final de Obra expedido por Técnico competente, y solicitud, en su caso, de Licencia de Apertura.
- 9. Se establece expresamente que, una vez realizada la transmisión de la parcela, en el caso de segundas y posteriores enajenaciones de la misma, dentro de los diez años siguientes a la fecha de la primera transmisión, un derecho de adquisición preferente convencional en favor del Ayuntamiento de Camarena, debiendo solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad, así como la consignación del mismo, en las escrituras públicas de transmisión, conforme a las siguientes reglas:
a) PLAZOS: A efectos del ejercicio del Derecho de Tanteo, el propietario de la parcela deberá notificar al Ayuntamiento de Camarena su decisión de enajenarlos o permutarlos, con expresión del precio o contraprestación y demás condiciones esenciales de la transmisión.
El Ayuntamiento de Camarena podrá ejercitar el Derecho de Tanteo en un plazo de 90 días naturales desde la recepción de dicha notificación.
A efectos del ejercicio del derecho de Retracto, el adquirente de la parcela deberá notificar al Ayuntamiento la transmisión efectuada mediante entrega de copia de la escritura o documentos en que se formalizase. El Ayuntamiento de Camarena podrá ejercer el Derecho de
Retrato en un plazo de 90 días naturales desde la recepción de la notificación del adquirente, cuando no se hubiera realizado correctamente la notificación prevista en el párrafo anterior, o hubiera transcurrido más de un año desde la misma, o si las condiciones de la transmisión hubieran resultado menos onerosas que las indicadas en ella.
b) CASOS EN QUE PROCEDE: En toda transmisión de la parcela no autorizada expresamente por el Ayuntamiento de Camarena dentro del plazo de diez años siguientes desde la transmisión de documento público de la parcela.
c) PRECIO: El precio para el ejercicio de este derecho será el que resulte de la actualización del precio de transmisión en función de la aplicación del IPC correspondiente.
d) EJERCICIO: Este derecho deberá ejercitarse mediante notificación fehaciente, y con simultáneo ofrecimiento de pago, y en su caso, depósito del precio del que se deducirán las cargas preferentes, cuya cuantía se acreditará con Certificado de la Entidad acreedora.
10. Dado el origen municipal del Suelo y el interés público de su enajenación, el adquirente de la parcela se obliga a no transmitir la misma sin previa autorización del Ayuntamiento de Camarena durante el plazo de diez años desde su adquisición en documento público de la parcela.
9. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE CAMARENA:
Queda obligado a:
a) A transmitir la propiedad de las parcelas objeto del presente Pliego, con las condiciones en el mismo determinadas y formalizar las escrituras siempre que se cumplan los requisitos.
b) A que la transmisión de las parcelas sea libre de cargas y gravámenes.
10. MEDIOS DE INFORMACIÓN Y CONTROL ESTABLECIDOS EN FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE CAMARENA:
El Ayuntamiento de Camarena podrá, en cualquier momento, requerir a los adjudicatarios la presentación, en un plazo de 15 días, de cualquier información relativa al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Pliego, pudiendo adoptar las medidas pertinentes tendentes a exigir dicho cumplimiento.
El Ayuntamiento de Camarena podrá requerir al adjudicatario la presentación de documentación relativa a la marcha de la obra de edificación, y al resto de las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones.
11. RÉGIMEN SANCIONADOR. DERECHOS ASEGURATIVOS DEL DESTINO DEL SUELO VENDIDO
El incumplimiento tanto de las condiciones urbanísticas como de las señaladas en el presente pliego podrá dar lugar a la inhabilitación del adjudicatario para la presentación de ofertas en el Ayuntamiento de Camarena, durante el plazo de hasta 20 años, contados a partir de la fecha de notificación del citado incumplimiento.
El incumplimiento de cualquier obligación esencial del presente Pliego, así como el incumplimiento de la autorización por parte del Ayuntamiento de Camarena de la transmisión de la parcela a terceros, contemplada en la cláusula 10.10 del presente Pliego, facultará a dicho Ayuntamiento para resolver el contrato, corriendo por cuenta del adjudicatario todos los gastos originados como consecuencia del ejercicio que de este derecho haga la Sociedad.
El ejercicio del derecho referido, por parte del Ayuntamiento comportará una penalización para el adjudicatario consistente en el 25% del precio del contrato, sin perjuicio de la indemnización que corresponda por daños y perjuicios, indemnización que podrá ser exigida aún cuando producido el incumplimiento, no se haga uso del derecho mencionado.
En caso de resolución, el suelo se rescatará por el importe del precio en que fue adjudicado, deduciendo el importe de las cargas que se hayan constituido sobre el mismo y la penalización antes aludida. La obra que se hubiere construido se valorará de común acuerdo, una vez que haya constancia de las certificaciones de su ejecución, en caso de desacuerdo, ambas partes designarán, conjuntamente, un perito que efectúe la valoración.
El ejercicio del derecho contenido en la presente cláusula se someterá al siguiente procedimiento:
Constatado el incumplimiento por parte del adjudicatario, el Ayuntamiento requerirá a dicho adjudicatario para que proceda a cumplir las obligaciones en sus justos términos.
En el supuesto de transcurrir un plazo de 15 días sin ser atendido el requerimiento, el Ayuntamiento notificará al adjudicatario la resolución del contrato con los efectos señalados en la presente cláusula.
Practicada la liquidación que resulte, conforme a lo establecido en el párrafo tercero de la presente cláusula, el Ayuntamiento podrá requerir al adjudicatario para otorgar, en el plazo de 15 días, escritura pública para la restitución a dicho Ayuntamiento de los bienes vendidos, siendo a cargo del adjudicatario los gastos derivados del otorgamiento de escritura y de la práctica de inscripciones registrales.
En las escrituras de venta y en la inscripción registral que de las mismas se efectúe, se hará constar expresamente el derecho contenido en la presente cláusula, con un carácter preferente a cualquier otro que, afectando a los terrenos objetos de venta, pueda establecerse en favor de terceros, salvo a la hipoteca que en garantía de uno o varios préstamos la sociedad adquirente pueda constituir para la consecución de los objetivos propios de la enajenación de las parcelas.
Con independencia de las sanciones contempladas en el presente Pliego, se añadirán a las mismas, los costes administrativos, notariales, registrales y fiscales, o de cualquier otra índole, que pueda conllevar aquel, derivado del momento en el cual se detecte la infracción o incumplimiento del Pliego o las normas que lo amparan. En ningún caso, cualquier posible incumplimiento o infracción podrá suponer un beneficio para el adjudicatario de la parcela, valorando el Ayuntamiento aquellas sanciones que correspondan a la diferencia de coste.
12. NORMATIVA DE APLICACIÓN
El presente contrato queda sometido a la Ley de Contratos del Sector Público y a la que resulte de aplicación.
13. JURISDICCIÓN
Para todas las cuestiones litigiosas derivadas de la aplicación del presente Pliego, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Toledo de la Jurisdicción Civil.
Camarena 15 de junio de 2009.
EL ALCALDE. Fdo. Bonifacio Segovia Pérez
ANEXO III
ELEMENTO INDIVIDUAL NUMERO 1.-
SUPERFICIE 502,08m2
PRECIO 55.228,80 €
ELEMENTO INDIVIDUAL NUMERO 4.-
SUPERFICIE 502,93m2
PRECIO 55.322,30 €
ELEMENTO INDIVIDUAL NUMERO 5.-
SUPERFICIE 501,26m2
PRECIO 55.138,60 €
ELEMENTO INDIVIDUAL NUMERO 6.-
SUPERFICIE 502,02m2
PRECIO 55.222,20€

